En muchos casos, el monumento en cuestión se limita a un bloque con una lápida; eso no se puede considerar escultura, aunque sí monumento.
El concepto escultura requiere una obra artística y tridimensional, que puede formar parte, o no, de un monumento.
Por otra parte, el concepto de pública puede hacer alusión a dos motivos:
En la foto, la obra El Salto, de Elisa Séiquer, elemento patrimonial perteneciente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por tanto, podríamos definir la escultura pública como toda aquella obra escultórica que formando parte, o no, de un monumento conmemorativo, se expone a la vista en la vía urbana o los espacios comunes, o bien pertenece a la comunidad aunque su ubicación no permita su contemplación permanente.
Saludos! Me parece interesante la página, tienes un cúmulo de riqueza cultural y artísitica aquí. Pero me desilusionó un poco que no hay publicaciones sobre Gabino Amaya Guerrero siendo un escultor de España que donó gran parte de sus obras y cuyo aporte en el siglo de guerra civil fue el trabajo de sus manos. Me gustaría saber que publicas algo de él... y te invito a notificarme si lo haces.
ResponderEliminarCreo que es importante resaltarlo en esta web.
Margot Camprest
margouchil@gmail.com
Muy interesante!!
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